Cumpliendo los Sueños de un País

 

Cumpliendo los Sueños de un País

PROMOCIÓN: Cumpliendo los Sueños de un País.
Válida del 26 de octubre 2022 al 31 de enero del 2023.

Este reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se regirá la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”. Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para participantes y organizadores. Se entenderá que todo participante, al decidir participar de la promoción, conoce y acepta las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento.

La participación en la promoción implica la decisión del participante de obligarse por estas reglas y por las decisiones del Organizador las cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a la promoción. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos o sistemas establecidos para la realización de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país” implicará la inmediata exclusión de la misma y/o la revocación de los premios.

Artículo 1: De los organizadores: La sociedad Relaxtech Internacional S.R.L , con cédula jurídica número tres – ciento dos – seiscientos cinco – ochocientos ochenta y seis, es el único Organizador de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”. Como tal, será el único responsable de la misma. Para efectos del reglamento, se podrá denominar indistintamente como “Organizador” o como “Relaxtech Internacional”.

Artículo 2: De los patrocinadores: Para este proyecto promocional “Cumpliendo los sueños de un país” no se cuenta con empresas patrocinadoras. El Organizador asume la responsabilidad del proyecto promocional en los términos descritos en el presente reglamento.

Artículo 3: De los participantes: La promoción “Cumpliendo los sueños de un país” cuenta con una mecánica o sistema, que va dirigido a los usuarios finales del canal de distribución. La mecánica se detalla de la siguiente manera:

Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente reglamento, podrá evacuarse mediante consulta telefónica al número 4600-1800 perteneciente a las oficinas administrativas de Relaxtech Internacional en horario de 8:00am a 4:00pm de lunes a viernes, o la dirección de correo contacto@relaxtechcr.com.

3.1 Usuarios finales del canal de distribución:

  • En este punto participan todos los emprendimientos hoteleros costarricenses, que sean empresas jurídicas, acorde con la legislación costarricense.
  • Todas las empresas interesadas en participar deberán estar inscritas según las leyes de la República de Costa Rica y deberán poseer un documento válido según la legislación nacional (cédula jurídica y/o personería jurídica), el cual deberá presentarse si es acreedor de cualquier premio inmediato dispuesto en esta promoción.
  • Para recibir uno de los premios (los cuales se detallan en el capítulo de premios) es indispensable presentar los documentos solicitados por el organizador en caso de que resulte ser una de las empresas ganadoras.
  • La empresa turística será considerada como la empresa que suba el video de su emprendimiento.
  • No pueden participar colaboradores, ejecutivos, funcionarios y miembros de Junta Directiva de Relaxtech Internacional, o de empresas relacionadas a este grupo, las agencias de publicidad, puntos de venta distribuidores de productos JIRON, Relaxtech, Dormiplus o Levitare, incluyendo el personal del punto de venta distribuidor y demás proveedores que estén involucrados en la promoción. Tampoco podrán participar los parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.

Artículo 4: Duración de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”: Esta promoción tendrá una duración por tiempo limitado. Iniciando el 26 de octubre del 2022 hasta el 31 de enero del 2023 inclusive.

Artículo 5: Del sistema (o mecánica) de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”:

Para los usuarios finales del canal de distribución

La promoción consta de 2 fases:

Primera fase: Para participar la empresa debe subir un video sobre su emprendimiento hotelero, en el cual expone y muestra su proyecto hotelero nacional. El video debe tener una duración máxima de 30 segundos. El emprendimiento hotelero participante debe comentar de que se trata su proyecto hotelero, donde se encuentra ubicado y lo que lo hace un excelente destino en Costa Rica para vacacionar. Estos videos se subirán a un álbum de Facebook para que las personas vean todos los emprendimientos que están participando. El video se debe enviar al siguiente número WhatsApp: 72824532.

Segunda fase: Se elegirán al azar 10 ganadores en dónde cada uno recibirá un certificado de compra por 2.500 dólares americanos, que podrá canjearse en Relaxtech Internacional.

La promoción está disponible para los usuarios a través de las redes sociales de colchones JIRON. https://www.facebook.com/ColchonesJiron

Artículo 6: Premios de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”:

La promoción contará con 10 ganadores para este premio:

Cada usuario final participa por un certificado de regalo por 2.500 (dos mil quinientos dólares americanos netos).

Son 10 certificados de regalo para comprar en Relaxtech Internacional.

Artículo 7: Sorteo de los premios de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”: El sorteo para determinar los 10 ganadores del certificado de regalo realizarán el 7 de febrero del 2023. Al momento de cada sorteo estará́ presente un notario público, para que levante un acta en presencia de al menos dos testigos, haciendo constar la identidad de los ganadores.

El disfrute del premio se hará efectivo en el momento que el organizador le indique al ganador.

Se determina como ganadora o acreedora del premio a la empresa emprendedora hotelera que haya enviado el video de acuerdo a las instrucciones realizadas en el punto 5 de este reglamento. La selección de los ganadores será en forma aleatoria entre todos los participantes de la promoción.

Para el sorteo, entre el total de los participantes del periodo promocional, se determinarán las 10 empresas hoteleras emprendedoras ganadores y al menos dos suplentes que serán convocados en el mismo orden en que fueren elegidos. Únicamente si la empresa favorecida respectiva no es localizado, no cumple con el reglamento, sus datos son incongruentes con los que se aportaron para participar, o simplemente no acepta el premio o se negare a firmar el documento de aceptación del mismo, serán llamados los suplentes que tendrán las mismas obligaciones indicadas en este reglamento, si son convocados. Los suplentes únicamente adquirirán algún tipo de derecho, cuando se den las condiciones antes descritas.

El Organizador hará tres intentos para localizar al ganador, por medio del teléfono o correo electrónico aportados al momento de participar, durante un periodo de 12 horas. Si una persona elegida como ganadora no fuera localizada en ese lapso o no cumple con los requisitos reglamentarios para recibir el premio, de dicha circunstancia se dejará constancia en el acta notarial que el Organizador levantará al efecto. En estos casos se procederá a convocar al primer suplente quien asumirá las mismas obligaciones y responsabilidad que el favorecido correspondiente. El Organizador no tendrá la obligación de investigar los motivos por los cuales una empresa no es contactada en el teléfono que se brindó al momento de la activación del boleto electrónico.

Asimismo, el ganador de cada premio se anunciará al público en un plazo no mayor a 6 días hábiles después de haberse realizado el sorteo, por medio del perfil oficial de Facebook de colchones JIRON https://www.facebook.com/ColchonesJiron.

La condición de ganador la adquirirá la empresa emprendedora hotelera que, una vez que salga favorecida en el sorteo, cumpla con todos los requisitos descritos en este Reglamento, y será determinada exclusivamente por Relaxtech Internacional.

En el caso que una empresa sea determinada como ganador por el Organizador, y vuelva a salir favorecido en alguno de los sorteos, se catalogará como nulo ese ganador, y se procederá a elegir a una nueva empresa. El procedimiento quedará registrado en el acta notarial que se levantará para cada sorteo.

Artículo 8: Reclamo de premio de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”: Después de ser contactado por primera vez por el Organizador o de que su nombre sea publicado conforme a lo indicado en este Reglamento, (el plazo correrá́ a partir del evento que ocurra primero), cada ganador potencial dispone de 10 días hábiles para apersonarse a reclamar el premio en las oficinas administrativas de Relaxtech Internacional, ubicadas en complejo de bodegas Attica en Costa Rica, San José, Escazú, Guachipelín, calle mangos, bodega número 3. Una vez vencido este plazo no tendrá́ derecho a reclamar ni pretender el premio o indemnización alguna.

Una vez apersonado, el Organizador definirá y comunicará a los ganadores, la fecha, lugar y hora en que su premio les será oficialmente entregado. Para el reclamo del premio el ganador se debe hacer presente en la fecha indicada para la entrega del premio y deberá mostrar los documentos de su empresa para llevar a cabo la mecánica establecida de entrega del premio final. Asimismo, deberá́ firmar una declaración jurada de elegibilidad, y una liberación de responsabilidad en beneficio de los organizadores.

Si un participante seleccionado no se comunica dentro del plazo indicado, si se niega a firmar la declaración jurada y liberación de responsabilidad, o si de cualquier manera incumple este reglamento, se entenderá́ que renuncia a su premio.

Si un premio no se hiciere efectivo o si fuese rechazado, por las razones que sean, será propiedad del Organizador, quien dispondrá de este en la forma que más le parezca.

Pasada las fechas estipuladas para hacer efectivo el reclamo del premio final, caducará el derecho de reclamar o hacer efectivos los mismos y el Organizador no reconocerá premio alguno, y por lo tanto no se verá en la obligación de satisfacerlos. En esta circunstancia, el Organizador podrá disponer del premio.

El premio deberá ser reclamado ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE por la empresa que fue declarada como favorecida, quien deberá presentar la cédula la jurídica y/o personería jurídica, como se detalla en las condiciones descritas en este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de no entregar el premio, en caso de que la persona favorecida no presente dichos documentos en las condiciones descritas.

Artículo 9: Descalificación de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”: Si en cualquier momento, sea antes, durante o con posterioridad a esta promoción, se descubre que el ganador incumple con este reglamento, el Organizador podrá descalificarlo y negarse a entregarle su premio. Si este ya fue entregado, podrán exigir su devolución por los mecanismos legales que considere pertinentes al efecto.

Artículo 10: Responsabilidad, Condiciones y restricciones de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”:

a- En la publicidad de la presente promoción se ha consignado la frase “APLICAN RESTRICCIONES”, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción y los premios, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
b- Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no se encuentre previsto en el presente reglamento, será resuelto por el Organizador, en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
c- Si el Organizador por algún motivo no puede localizar a las personas ganadoras del sorteo final, porque brindaron incorrectamente los datos, ello no generará responsabilidad de ningún tipo para Relaxtech Internacional y el interesado perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna posterior al sorteo. Es importante que cada participante se asegure de brindar los datos personales correctos, pues será la única forma que se tendrá de localizarlo.
d- Deberá haber total coincidencia entre los datos brindados para participar y el documento de identificación del favorecido, de otro modo el premio no será entregado.
e- El Organizador es responsable únicamente por la entrega de los premios indicados en este reglamento. El ganador del premio será́ responsable del uso y disfrute que le de al mismo. Al registrarse los participantes liberan de responsabilidad al Organizador, y demás involucrados en esta promoción, así́ como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro, posesión o uso del premio o porque su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción.
f- El ganador releva de toda responsabilidad al Organizador por los gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo, así como cualquier daño, sobre las personas o las cosas, que se pudiesen ocasionar en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.
g- El favorecido recibirá su premio y no se admiten cambios. Si el favorecido no acepta el premio con todas sus condiciones, se considerará que renuncia al premio y se extinguirán sus derechos en relación con la promoción y no tendrá derecho a reclamo o indemnización alguna. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.
h- El derecho del premio y los premios en sí, no son transferibles, negociables ni pueden ser comerciados o canjeados por dinero en efectivo. Estos premios son entregados únicamente a cada persona ganadora y no podrán ser utilizados por terceras personas.
i- Si se demuestra que una persona no brindó los datos correctos, o recibió un premio por medio de engaño, el Organizador podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso y reclamar daños y perjuicios.
j- El acreedor del premio escogerá por su propia cuenta suscribir los seguros correspondientes, pólizas de salud y gastos adicionales que se deriven del disfrute del premio, así mismo el ganador libera al organizador de cualquier imprevisto que surja por motivo del premio.

Artículo 11: Aplicabilidad del Reglamento de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”: La totalidad del presente reglamento se aplicará por igual a todos los participantes de la promoción.

Artículo 12: Derechos de imagen de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”: Con el hecho de participar en la promoción, los participante aceptan y autorizan que sus nombres e imagen y las de sus representada aparezcan en los programas de televisión, comerciales, redes sociales, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que los organizadores deseen hacer durante la promoción o una vez finalizada la misma, sin que ello implique la obligación de remunerarlos o compensarlos adicionalmente. Asimismo, renuncian a cualquier reclamo por derechos de imagen.

Artículo 13: Relación entre las partes: Ninguna disposición de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país” se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, afiliado o representante de Relaxtech Internacional. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

Artículo 14: Nombre de ganador de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”: Al finalizar la promoción, y por un plazo de 6 días, los nombres de los ganadores estarán disponibles para ser consultados por cualquier interesado que así lo solicite en perfil oficial de Facebook de colchones JIRON https://www.facebook.com/ColchonesJiron.

Artículo 15: Suspensión de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”: En caso de haber motivos fundados de fuerza mayor, caso fortuito, o hechos de terceros, tales como pero no limitados a desastres naturales, guerras, huelgas o disturbios, así como también situaciones que afecten la presenten promoción, según criterio del Organizador; o en caso de detectarse un fraude o intento de fraude en perjuicio de la empresa Organizadora o los participantes de la promoción, Relaxtech Internacional podrá modificar en todo o en parte esta promoción, así como suspenderla temporal o permanentemente sin asumir ninguna responsabilidad al respecto. En estos casos, el fundamento de las medidas que se adopten, así como las pruebas que demuestren la existencia de la causa invocada por el Organizador estarán a disposición de cualquier interesado. Bajo los supuestos descritos, Relaxtech Internacional no podrá ser compelida a indemnizar a ninguna persona que haya sido favorecida, ni tendrá responsabilidad de otorgar los premios descritos en este Reglamento.

Artículo 16: Identidad de los o las ganadoras de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país”: Al finalizar la promoción, los nombres, número de cédula o datos de identidad del ganador estarán disponibles para ser consultados por cualquier interesado.

Artículo 17: Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes de la promoción “Cumpliendo los sueños de un país” pertenecerá́ al Organizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte del Organizador y su inclusión en una base de datos para fines de realizar esta promoción y brindar información de futuras promociones.

Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente reglamento, podrá evacuarse mediante consulta telefónica al número 4600-1800 perteneciente a las oficinas administrativas de Relaxtech Internacional en horario de 8:00am a 4:00pm de lunes a viernes, o la dirección de correo contacto@relaxtechcr.com.

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